Un reloj checador ya no es el aparato que perfora tarjetas al lado de la puerta. Y en México, desde el 1 de enero de 2027, deja de ser una decisión de la empresa: la reforma que recortó la jornada le agregó al patrón la obligación de registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora y de exhibir esos registros ante la autoridad.
Acá van los tipos de equipo, qué exige la norma nueva, cuánto cuesta incumplirla y la parte que casi nadie explica: cómo se conecta a la nube el checador que la empresa ya tiene instalado.
Antes de comparar equipos, una distinción que ordena todo lo demás. Un checador hace tres cosas: identifica a la persona, sella la hora y deposita el registro en algún lado. La tercera es la que decide si eso es un registro de jornada o un dato suelto. Un equipo excelente que guarda las marcaciones en su memoria y las descarga a un Excel cuando alguien se acuerda no produce un registro defendible: produce un archivo editable.
¿Qué tipos de reloj checador hay?
Seis métodos cubren casi todo el mercado mexicano. No hay uno mejor: hay uno que corresponde a cada operación.
| Método | Cómo identifica | Dónde rinde | Qué mirar antes |
|---|---|---|---|
| Tarjeta o llavero de proximidad | Algo que la persona tiene | Oficinas, accesos de bajo conflicto | Es prestable: alguien puede checar por otro |
| Huella dactilar | Algo que la persona es | Planta, obra, alto volumen de personal | Falla con dedos húmedos, con callos o con solventes |
| Reconocimiento facial | Algo que la persona es, sin contacto | Turnos con filas y entradas simultáneas | Sin anti-spoofing, una foto puede pasar |
| Palma o patrón venoso | Rasgo interno, sin contacto | Alimentos, salud, ambientes con guantes | Costo por terminal más alto |
| App o webapp con GPS | Sesión del usuario más ubicación | Personal en ruta, obra, teletrabajo | Exige geocerca: sin ella, se checa desde cualquier lado |
| QR dinámico | Código que cambia cada pocos segundos | Sucursales chicas, contratistas, eventos | Un QR fijo impreso se fotografía y se reenvía |
Casi toda operación con más de una sede combina dos o tres. La condición es que todos escriban en el mismo registro: si planta usa huella y los vendedores una app que reporta aparte, el cierre de mes vuelve a ser conciliación manual.
¿Qué cambia el 1 de enero de 2027?
La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el DOF el 1 de mayo de 2026 —la que reglamenta la reducción de la jornada— agregó la fracción XXXIV al artículo 132. Obliga al patrón a dos cosas:
- Registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, con hora de inicio y de finalización.
- Poner esos registros a disposición de la autoridad cuando los requiera.
No es lo mismo que ya existía. El artículo 804 obligaba desde antes a conservar los registros de asistencia y las listas de raya. Lo que cambia es el soporte: ahora la ley exige que el registro sea electrónico. El papel y la hoja de cálculo dejan de alcanzar como método, no solo como prueba.
Dos precisiones que evitan compras equivocadas. Primero: la norma no exige biometría. Exige un registro electrónico, íntegro y exhibible; el método lo elige el patrón. Segundo: la STPS tiene a su cargo las disposiciones generales que van a definir alcance y excepciones, y al cierre de esta nota todavía no se publicaron. Eso no corre la fecha —el 1 de enero de 2027 está en el decreto—, pero el detalle de formatos y excepciones puede llegar con poco margen.
El calendario de reducción, escalón por escalón hasta 2030, está en la nota sobre la jornada de 40 horas en México.
¿De cuánto son las multas?
El mismo decreto creó la sanción: artículo 994, fracción IV Bis, multa de 250 a 5.000 UMA para el patrón que incumpla la fracción XXXIV del artículo 132.
Con la UMA que el INEGI fijó en 117,31 pesos diarios desde el 1 de febrero de 2026, el rango va de 29.327 a 586.550 pesos. Y hay un multiplicador que suele pasarse por alto: el artículo 992 dispone que cuando un solo acto u omisión afecta a más de una persona trabajadora, la sanción se impone por cada una, y que la reincidencia la duplica. Para una plantilla de cien personas, el rango deja de parecer un trámite.
Esta nota es orientativa. Para el alcance en tu empresa, tu sector y tu contrato colectivo, consulta con tu asesor laboral en México.
¿El checador que ya tengo sirve para 2027?
Cinco preguntas alcanzan, y ninguna es sobre la marca del equipo:
- ¿Registra hora de inicio y de finalización por persona, o solo cuenta presencias?
- ¿Las marcaciones salen del equipo solas o alguien tiene que ir a descargarlas?
- ¿Queda traza de las correcciones? Un registro editable sin rastro pierde valor probatorio.
- ¿Se puede exportar el historial completo de un período, por persona y con fecha y hora?
- ¿Sigue registrando sin red o sin luz y sincroniza después?
Si las cinco respuestas son razonables, el hardware se queda. Lo que falta está arriba.
¿Cómo se conecta un checador existente a una plataforma en la nube?
Hay cuatro caminos y se diferencian en quién inicia la conversación. De mejor a peor:
1. El equipo empuja las marcaciones (push). El terminal se configura con la dirección del servidor y envía cada evento al ocurrir. Es el preferible: nada que instalar en la sede, funciona con el internet que ya hay y el dato llega en segundos. La mayoría de los terminales de los últimos años lo soporta.
2. Un concentrador en la red local (pull). Una PC dentro de la sede consulta a los checadores cada pocos minutos y sube lo que encuentra. Es la salida para equipos viejos que no saben llamar hacia afuera, con una condición: si esa máquina se apaga, el registro se detiene sin que nadie lo note.
3. El SDK o la API del fabricante. Si la plataforma tiene conector para esa familia de equipos, la integración es nativa y los datos viajan en los dos sentidos. Es el escenario más cómodo y el más acotado: depende de que el conector exista.
4. Exportar un archivo y subirlo. Funciona, y es el que hay que evitar. Depende de que alguien se acuerde, el archivo es editable y entre la marcación y el sistema queda un paso humano que en una inspección hay que explicar. Sirve de puente en una migración, no como método.
Así que la pregunta útil para el proveedor de software no es «¿son compatibles?» sino «¿por cuál de los cuatro caminos se conecta mi modelo, y qué pasa cuando se cae la red?».
¿Y el personal que no pasa por la puerta?
Es la brecha de cualquier equipo fijo: vendedores, técnicos de campo, reparto, teletrabajo. Ahí se marca desde el teléfono, y la pieza que lo vuelve serio es la geocerca: el sistema acepta la marcación solo dentro de un radio definido alrededor del punto de trabajo. Sin eso, una app es una declaración voluntaria. Para trabajo a distancia, ver la NOM-037 y el registro de asistencia en teletrabajo.
Cómo se resuelve con Lenox HR
En México el hardware lo compra la empresa a su proveedor local: Lenox HR aporta la capa de software, no el equipo. La integración nativa es con terminales ZKTeco de huella y facial, el parque más extendido de la región; para otras marcas, el camino se define según cuál de los cuatro mecanismos de arriba soporte el modelo.
Sobre la fracción XXXIV, lo que la plataforma resuelve es lo que la norma pide y el equipo no da: hora de inicio y de fin por persona, traza de correcciones, conservación y exportación en el formato que pida la autoridad. En la misma plataforma entran la webapp con geocerca para personal en ruta y el QR dinámico para sucursales chicas, sobre un solo registro. El detalle está en control horario y presentismo.
Y como la jornada se recorta sin bajar el salario, cada hora suplementaria sube de precio en cada escalón: el cálculo está en horas extra en México según la LFT.
Preguntas frecuentes
- ¿Es obligatorio el reloj checador en México?
- El registro de jornada sí, y desde el 1 de enero de 2027 tiene que ser electrónico: la fracción XXXIV del artículo 132 de la LFT, agregada por la reforma publicada en el DOF el 1 de mayo de 2026, obliga a registrar hora de inicio y de finalización de cada persona trabajadora y a exhibir esos registros ante la autoridad. La ley no obliga a comprar un aparato en particular: obliga a que el registro exista, sea electrónico y se pueda mostrar.
- ¿El reloj checador tiene que ser biométrico?
- No. La norma exige que el registro sea electrónico, con hora de inicio y de fin por persona y exhibible ante la autoridad. El método queda a elección del patrón: huella, rostro, palma, tarjeta, QR dinámico o webapp con geocerca. Si se elige biometría, se agregan las obligaciones de protección de datos personales.
- ¿Sirve una hoja de Excel como registro de jornada?
- A partir del 1 de enero de 2027 no. Una hoja de cálculo es editable, no deja traza de quién cambió qué y no cumple el estándar de registro electrónico que exige la norma. Ante un reclamo, además, tiene menos valor probatorio que una marcación con sello de tiempo que no se puede alterar.
- ¿De cuánto es la multa por no tener registro electrónico?
- De 250 a 5.000 UMA, según el artículo 994 fracción IV Bis de la LFT: entre 29.327 y 586.550 pesos con la UMA de 117,31 pesos diarios que el INEGI fijó desde el 1 de febrero de 2026. El artículo 992 agrega que si el incumplimiento afecta a más de una persona trabajadora, la sanción se impone por cada una, y que la reincidencia la duplica.
- ¿Puedo seguir usando el checador que ya tengo instalado?
- En general sí, si registra hora de inicio y de fin por persona, entrega sus marcaciones sin intervención manual, deja traza de las correcciones y exporta el historial completo. Lo que suele faltar no es el equipo sino la plataforma que reciba esas marcaciones, las conserve y las pueda exhibir.
- ¿Cómo se registra la jornada del personal en ruta o en teletrabajo?
- Desde el teléfono, con webapp o app, y con geocerca: el sistema acepta la marcación solo dentro de un radio definido alrededor del punto de trabajo. Para teletrabajo conviene además revisar la NOM-037, que tiene reglas propias sobre el registro de asistencia.
- ¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros de asistencia?
- El artículo 804 de la LFT obliga a conservar los registros de asistencia y las listas de raya durante el último año y un año más después de terminada la relación de trabajo. Esa obligación ya existía y sigue vigente: lo que cambia en 2027 es el soporte.
